Decreto476-1996·1996

AUTORIZACION PARA EL USO DE FRECUENCIAS EN LA ADQUISICION DE EQUIPOS RADIOELECTRICOS TRASMISORES. DIRECCION NACIONAL DE COMUNICACIONES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de octubre de 1996

Fecha de publicación

20/12/1996

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Las Empresas y personas en general que vendan equipos radioeléctricos trasmisores a particulares y para uso propio, no podrán entregar efectivamente los referidos equipos a los interesados, hasta que éstas le proporcionen la documentación que acredite que la Dirección Nacional de Comunicaciones les ha autorizado el uso de determinadas frecuencias para dichos equipos.

Artículo 2Artículo 2

Las transgresiones a esta exigencia harán pasible a los vendedores, de las sanciones previstas por el artículo 4to. del Decreto 95/995 de 22 de febrero de 1995.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Comunicaciones a sus efectos. Cumplido, archívese.