Decreto476-2001·2001

MODIFICACION AL REGLAMENTO BROMATOLOGICO NACIONAL. ALIMENTOS AZUCARADOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de abril de 2001

Fecha de publicación

13/12/2001

Artículos (5)

Artículo 1

Artículo 1.- Modifícanse en el Capítulo 19 - ALIMENTOS AZUCARADOS - Sección 3 del Reglamento Bromatológico Nacional (Decreto No. 315/994 de 5 de julio de 1994), los artículos que se mencionan a continuación y que quedarán redactados de la siguiente manera: Artículo 19.3.60. La mermelada deberá tener como mínimo 45 partes, en peso, del ingrediente de fruta original, con exclusión de cualesquiera azúcares o ingredientes facultativos añadidos, por cada 100 partes, en peso, del producto terminado. El contenido en sólidos solubles refractométricos a 20ºC será como mínimo, de 65% (expresados según la escala internacional para sacarosa). Artículo 19.3.62. El dulce de corte deberá tener como mínimo 45 partes en peso del ingrediente de fruta original, con exclusión de cualesquiera azúcares o ingredientes añadidos, por cada 100 partes en peso del producto terminado. El contenido de sólidos solubles medidos con refractómetro a 20ºC será como mínimo de 65%, excepto para los dulces de batata, zapallo y durazno, para los cuales el contenido mínimo será de 60%. Artículo 19.3.65. La mermelada y la jalea cítrica deberán contener, no menos de 20 partes en peso de ingrediente de fruta cítrica preparada, por cada 100 partes en peso de mermelada terminada. La piel en exceso de las cantidades que normalmente acompañan a las frutas, no se considera parte del ingrediente fruta para los fines de cumplimiento del contenido mínimo de frutas. A los efectos de este Reglamento el "ingrediente de fruta cítrica preparado" es el producto: a) preparado con fruta fresca, elaborada o conservada por cualquier otro método que no sea desecación; b) preparado con fruta cítrica sana y limpia, de la que se han eliminado los pedúnculos, cálices y semillas e incluye pulpas, jugos, jugos concentrados extractivos y pieles en conserva; c) que contiene todos los sólidos solubles naturales (extractivos), excepto que se pierden durante la preparación de acuerdo con las buenas prácticas de fabricación.

Artículo 2

Artículo 2°.- Incorpórase el artículo 19.3.70 que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 19.3.70. Se admite el uso de colorantes que se presentan en la lista de aditivos para mermeladas, dulces de corte y pastas o purés azucarados, que se detallan en el artículo 19.3.71.

Artículo 3

Artículo 3°.- Modifícase el ANEXO 1 (artículo 19.3.38) la lista positiva de aditivos alimentarios en los items correspondientes a dulces y mermeladas que se detallan en el artículo 19.3.71.

Artículo 4

Artículo 4°.- Incorpórase el ANEXO 2 (artículo 19.3.71), el que quedará redactado de la siguiente manera: LISTA DE ADITIVOS PARA DULCES Y MERMELADAS (Artículo 19.3.71) Conservadores Nº Codex Nombre del aditivo Producto al que se Lím. máx. agrega Mg/kg 200 Acido sórbico Pulpas de fruta 1500 200 Acido sórbico Dulces 1000 201 Sodio, sorbato de Pulpas de fruta 1500 201 Sodio, sorbato de Dulces 1000 202 Potasio, sorbato de Pulpas de fruta 1500 202 Potasio, sorbato de Dulces 1000 203 Calcio, sorbato de Pulpas de fruta 1500 203 Calcio, sorbato de Dulces 1000 210 Acido benzoico Pulpas de frutas 1500 210 Acido benzoico Dulces 1000 211 Sodio, benzoato de Pulpas de fruta 1500 211 Sodio, benzoato de Dulces 1000 212 Potasio, benzoato de Pulpas de frutas 1500 212 Potasio, benzoato de Dulces 1000 Se podrá usar la mezcla de Acido sórbico y Acido benzoico en cantidades tales que la suma sea menor que 1500 mg/kg para las pulpas de frutas y 1000 mg/kg para dulces. Conservadores - Antioxidantes Nº Codex Nombre del aditivo Producto al que se Límite agrega máx- Mg/kg 220 Azufre dióxido Dulces 200 Anhídrido sulfuroso 221 Sodio, sulfito de Dulces 200 SO2 222 Sodio, bisulfito de, Dulces 200 SO2 Sulfito ácido de 223 Sodio, metabisulfito Dulces 200 SO2 de 224 Potasio, metabisulfito Dulces 200 SO2 de 225 Potasio, sulfito de Dulces 200 SO2 228 Potasio, bisulfito de Dulces 200 SO2 Antiespumantes Nº Codex Nombre del aditivo Producto al que se Límite Agrega Máx. Mg/kg 471 Mono y diglicéridos de Dulces Nse Acidos grasos 900 Dimetilpolixiloxano Dulces 10 Polidimetilxiloxano Dimetilsilicona Gelificantes - Espesantes Nº Codex Nombre del aditivo Producto al que se Límite Agrega máx. Mg/kg 400 Acido algínico Dulces de corte 5000 400 Acido algínico Mermeladas, jaleas 2500 Purés azucarados 401 Sodio, alginato de Dulces de corte 5000 401 Sodio, alginato de Mermeladas, jaleas 2500 Purés azucarados 402 Potasio, alginato de Dulces de corte 5000 402 Potasio, alginato de Mermeladas, jaleas 2500 Purés azucarados 406 Agar-Agar Dulces de corte 5000 406 Agar-Agar Mermeladas, jaleas 2500 Purés azucarados 407 Carragenina Dulces de corte 5000 407 Carragenina Mermeladas, jaleas 2500 Purés azucarados 410 Goma Garrofin Dulces de corte 5000 410 Goma Garrofín Mermeladas, jaleas 2500 Purés azucarados 412 Goma-Guar Dulces de corte 5000 412 Goma-Guar Mermeladas, jaleas 2500 Purés azucarados 413 Goma Tragacanto Dulces de corte 5000 413 Goma Tragacanto Mermeladas, jaleas 2500 Purés azucarados 414 Goma Arábiga Dulces de corte 5000 414 Goma Arábiga Mermeladas, jaleas 2500 Purés azucarados 416 Goma Karaya, Dulces de corte 5000 Sterculia, caraya 416 Goma Karaya, Mermeladas, jaleas 2500 Sterculia, caraya Purés azucarados 440 Pectina Dulces de corte 5000 440 Pectina Mermeladas, jaleas 2500 Purés azucarados 460i Celulosa Dulces de corte 5000 Microcristalina 460i Celulosa Mermeladas, jaleas 2500 Microcristalina Purés azucarados 461 Metilcelulosa Dulces de corte 5000 461 Metilcelulosa Mermeladas, jaleas 2500 Purés azucarados 466 Carboxi Metil Dulces de corte 5000 Celulosa Sódica 466 Carboxi Metil Mermeladas, jaleas 2500 Celulosa Sódica Purés azucarados Acidulantes - Reguladores de acidez Nº Codex Nombre del aditivo Producto al que se Lím. Máx Agrega Mg/kg 296 Acído málico (dl) Dulces Nse 330 Acído cítrico Dulces Nse 334 Acído tartárico Dulces 5000 Reguladores de la acidez Nº Codex Nombre del aditivo Producto al que se Lím. Máx. Agrega Mg/kg 331 iii Sodio, tricitrato de Dulces Nse 332 ii Potasio,- (tri) Dulces Nse citrato de, Citrato de 333 Calcio, (tri) citrato Dulces Nse de, Citrato de 335 i Sodio, (mono) tartrato Dulces 5000 de 335 ii Sodio, (di) tartrato Dulces 5000 de 336 i Potasio, tartrato Dulces 5000 ácido, Bitartrato, mono tartrato 336 ii Potasio, tartrato Dulces 5000 neutro, d-tartrato, - (di tartrato) 337 Potasio y sodio, Dulces 5000 tartrato 353 Acido metatartárico Dulces 5000 Agentes de firmeza Nº Codex Nombre del aditivo Producto al que se Lím. Máx Agrega Mg/kg 509 Calcio, cloruro de Dulces 250 526 Calcio, hidróxido de Dulces 250 529 Calcio, óxido de Dulces 250 Colorantes Nº Codex Nombre del aditivo Producto al que se Límite Máx. x agrega (Mg/kg) 102 Tartrazina Dulces de corte, 200 mermeladas, jaleas, pastas o purés 110 Amarillo ocaso Dulces de corte, 200 mermeladas, jaleas, pastas o purés 123 Amaranto Dulces de corte, 200 mermeladas, jaleas, pastas o purés 124 Ponceau 4R Dulces de corte, 200 mermeladas, jaleas, pastas o purés 127 Eritrosina Dulces de corte, 200 mermeladas, jaleas, pastas o purés 132 Indigotina Dulces de corte, 200 mermeladas, jaleas, pastas o purés 133 Azul brillante Dulces de corte, 200 mermeladas, jaleas, pastas o purés 140 Clorofila Dulces de corte, Nse mermeladas, jaleas, pastas o purés 140ii Clorofilina Dulces de corte, Nse mermeladas, jaleas, pastas o purés 141i Clorofila cúprica Dulces de corte, Nse mermeladas, jaleas, pastas o purés 141ii Clorofilina cúprica Dulces de corte, Nse mermeladas, jaleas, pastas o purés 143 Verde indeleble Dulces de corte, 200 mermeladas, jaleas, pastas o purés 150a Caramelo I simple Dulces de corte, Nse (natural) mermeladas, jaleas, pastas o purés 150d Caramelo IV (proceso Dulces de corte, Nse sulfito de amonio) mermeladas, jaleas, pastas o purés 160 Beta caroteno Dulces de corte, Nse a (i) mermeladas, jaleas, pastas o purés 160 Carotenos (extractos Dulces de corte, Nse a (ii) naturales) mermeladas, jaleas, pastas o purés

Artículo 5

Artículo 5°.- Modifícase de la Lista Positiva de Aditivos Alimentarios, ANEXO 11 (artículo 3.5.2) del Capítulo 3 Aditivos Alimentarios del Reglamento de referencia, todos los items correspondientes a dulces, mermeladas, jaleas, purés y pastas de frutas los que serán sustituidos por los aditivos detallados en el artículo 4º. del presente Decreto.