Artículo 1 — Artículo 1
Fíjanse los siguientes valores para la liquidación del Impuesto a las Actividades Agropecuarias (IMAGRO) correspondientes al ejercicio 1.o de julio de 1989 a 30 de junio de 1990: a) Producción básica media del país por hectárea nuevos pesos 30.270.76 (nuevos pesos treinta mil doscientos setenta con 76/100); b) Costo de producción media pecuaria por hectárea nuevos pesos 18.098.48 (nuevos pesos dieciocho mil noventa y ocho con 48/100); c) Impuesto al Valor Agregado incluido en los rubros que integran el costo de producción pecuaria por hectárea de productividad media N$ 1.020.59 (nuevos pesos mil veinte con 59/100).