Decreto483-1990·1990

MODIFICACION DE PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS EXTRAPRESUPUESTALES. EJERCICIO 1990.DIRECCION DE ZONAS FRANCAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/10/1990

Fecha de publicación

23/11/1990

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Amplíanse en el Plan de Inversiones Públicas ejercicio 1990, los proyectos de inversión siguientes, en un monto total de U$S 293.000.00 (doscientos noventa y tres de los Estados Unidos de América) a financiarse con recursos extrapresupuestales: Inciso Programa Unidad Ejecutora Monto en U$S 05 006 006 Dirección de Zonas Francas Proyectos Mejoras calles Colonia (Número 703) ................ 22.000.00 Ampliación servicios Zonas Francas (N.o 765) ........... 48.000.00 Alambrado perimetral (Número 767) ................ 11.000.00 Ampliación Zona Franca de Colonia (N.o 784) ........ 80.000.00 Ampliación Zona Franca de Nueva Palmira (N.o 980) .. 1.000.00 Remodelación, construcción y ampliación de los edificios de administración, de funcionamiento, auxiliares y de servicios de las Zonas Francas (N.o 983) .......... 131.000.00

Artículo 2Artículo 2

Incorpórase al Plan de Inversiones Públicas ejercicio 1990, el proyecto de inversión siguiente por un monto total de U$S 3.000.00 (tres mil dólares de los Estados Unidos de América), a financiarse con recursos extrapresupuestales: Inciso Programa Unidad Ejecutora Monto en U$S 05 006 006 Dirección de Zonas Francas Proyectos Adquisición de vehículos (Número 988) ............... 3.000.00

Artículo 3Artículo 3

Apruébase el Preventivo Anual de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos Extrapresupuestales correspondiente al ejercicio 1990, presentado por la Unidad Ejecutora 006 "Direccion de Zonas Francas" del Programa 006 "Administración de zonas francas" del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas" por un monto total de U$S 296.000.00 (doscientos noventa y seis mil dólares de los Estados Unidos de América) de acuerdo a detalle consignado en anexo adjunto, que es parte integrante del presente decreto. (*)

Artículo 4Artículo 4

Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Contaduría General de la Nación, publíquese, etc.