Decreto484-2009·2009

DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA. TRANSPARENCIA ACTIVA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/10/2009

Fecha de publicación

11 de marzo de 2009

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Exhórtase a los titulares de organismos públicos estatales y no estatales a dar cumplimiento a las obligaciones de transparencia activa establecidas en el artículo 5º de la Ley Nº 18.381, de 17 de octubre de 2008.

Artículo 2Artículo 2

A tales efectos los sujetos obligados por la Ley Nº 18.381, efectuarán una autoevaluación de sus páginas web, de acuerdo con los formularios y parámetros establecidos en los Anexos I y II<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> adjuntos, que son parte integrante del presente Decreto.

Artículo 3Artículo 3

La autoevaluación establecida en el artículo anterior deberá ser presentada entre los días 28 de octubre y 3 de noviembre de 2009 ante la Unidad de Acceso a la Información Pública.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.