Decreto486-2011·2011

CREACION DE UN DISTINTIVO ESPECIAL PARA EL ESTADO MAYOR DE LA DEFENSA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29/12/2011

Fecha de publicación

19/01/2012

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Crear el Distintivo Especial correspondiente al Estado Mayor de la Defensa, el que consistirá en un escudo irregular con bordes y separaciones en color dorado dividido en su interior por tres partes iguales, de color blanco en la parte superior, azul en el lado izquierdo (en referencia a su posición en el Uniforme) y verde en el lado derecho. Sobre las divisiones de los tres colores se encuentran unidos en el centro y en forma simétrica los principales símbolos de las tres Fuerzas, compuesto por el sable del General José Artigas que representa al Ejército Nacional, el ancla que representa a la Armada Nacional y las alas que representa a la Fuerza Aérea Uruguaya. En la parte superior del escudo se encuentran cuatro estrellas doradas ubicadas en línea, las cuales representan el grado que inviste la jefatura del Estado Mayor de la Defensa. Una alegoría vegetal rodea al escudo y se cruzan en su parte inferior, formado por un ramo de laurel y un ramo de olivos al igual que el Escudo Nacional. Las descripciones antes mencionadas se encontraran dentro de un círculo de ocho centímetros de diámetro y tendrá un borde en color celeste, donde en letras de color blanco y en mayúscula se describirá los logos de MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL en la parte superior y ESTADO MAYOR DE LA DEFENSA en la parte inferior.

Artículo 2Artículo 2

El uso del mencionado Distintivo será autorizado para aquellos señores Oficiales y Personal Subalterno de las Fuerzas Armadas que presten Servicios en el Estado Mayor de la Defensa.

Artículo 3Artículo 3

Aprobar el Anexo IV<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> el que contiene la lámina con el diseño del Distintivo de referencia, el cual forma parte del presente Decreto.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese y archívese.