Artículo 1 — Artículo 1
Exceptúase de lo dispuesto en el Decreto Nº 420/002, de 31 de octubre de 2002, a la Oficina del Exterior del Area Comercio Exterior de la Dirección General de Comercio del Ministerio de Economía y Finanzas, con sede en la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos.-