Decreto490-1987·1987

RESERVA MINERA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27/08/1987

Fecha de publicación

9 de noviembre de 1987

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Dispónese la Reserva Minera de la zona del territorio nacional que se establece, a fin de amparar las labores de prospección y exploración que se ejecutan en el marco del Inventario Minero Nacional. La zona sometida a Reserva Minera abarca fotoplanos Cerro Chato, Valentines, Chileno y de Rossell y Rius y es la siguiente: Zona XIV. - Coordenadas del Plan Cartográfico Nacional: A x = 535 y = 6355 (Incluido totalmente en el departamento de Durazno); B x = 535 y = 6350 (incluido totalmente en el departamento de Durazno); C x = 515 = 6350 (incluido totalmente en el departamento de Durazno; D x = 515 y = 6315 (incluido totalmente en el departamento de Durazno); E x = 565 y = 6315 (incluido totalmente en el departamento de Treinta y Tres); F x = 565 y = 6355 (incluido totalmente en el departamento de Cerro Largo).

Artículo 2Artículo 2

La Reserva Minera se extenderá por un plazo de tres años a partir de la fecha y comprenderá la totalidad de los yacimientos de minerales metálicos existentes en las áreas mencionadas cometiéndose la realización de las labores a la Dirección Nacional de Minería y Geología.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.