Decreto491-1989·1989

ABASTECIMIENTO DE LECHE. FIJACION DE MULTAS POR INCUMPLIMIENTOS A EMPRESAS PASTEURIZADORAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/10/1989

Fecha de publicación

2 de diciembre de 1990

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Declárase que el monto máximo de la multa establecida en el artículo 15 del decreto ley 15.640, de 4 de octubre de 1984 al mes de setiembre de 1988 en atención a la variación del índice de los precios del consumo es de N$ 3.809.350,00 (nuevos pesos tres millones ochocientos nueve mil trescientos cincuenta).

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.