Decreto492-1989·1989

MODIFICACION DE NORMAS RELATIVAS A LA VACUNA ANTIAFTOSA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/10/1989

Fecha de publicación

2 de diciembre de 1990

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Modifícase el artículo 1° del decreto 141/967 de 23 de febrero de 1967, el que quedará redactado en la siguiente forma: "ARTICULO 1° Declárase productos de interés general para la explotación rural las vacunas antiaftósicas a virus inactivado con inactivantes de primer orden".

Artículo 2Artículo 2

Sustitúyese el numeral III del artículo 8° del decreto 141/967, de 23 de febrero de 1967, por el siguiente: "III) La ausencia de gérmenes viables".

Artículo 3Artículo 3

Las presentes modificaciones comenzarán a regir a partir del 1° de enero de 1990.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.-