Artículo 1 — Artículo 1
Fijase el costo ficto de forestación para el Ejercicio Fiscal 1986-87 en N$ 32.761,80 ( son nuevos pesos treinta y dos mil setecientos sesenta y uno con ochenta centésimos) por hectárea y el costo ficto de mantenimiento de los bosques para el Ejercicio Fiscal 1986-87, en N$ 3.276,20 ( son nuevos pesos tres mil doscientos setenta y seis con veinte centesimos) por hectárea, de conformidad con lo dispuesto por el inciso 2 del artículo 21 de decreto ley 14.948, de 7 de noviembre de 1979.