Artículo 1 — Artículo 1
Declárase la veda, con prohibición de extracción, recolección y comercialización en fresco, de las especies de moluscos Almeja (Mesodesma mactroides), Mejillón (Mytilus edulis platensis) y Berberechos (Dórax hanleyanus).
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
9 de noviembre de 1991
Fecha de publicación
11 de enero de 1991
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase la veda, con prohibición de extracción, recolección y comercialización en fresco, de las especies de moluscos Almeja (Mesodesma mactroides), Mejillón (Mytilus edulis platensis) y Berberechos (Dórax hanleyanus).
Artículo 2 — Artículo 2
El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en dos diarios de circulación nacional.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.