Decreto497-2001·2001

RECONOCIMIENTO A LA ESCUELA NAVAL. INSTITUCION ACADEMICA DE PRIMER NIVEL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18/12/2001

Fecha de publicación

28/12/2001

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Reconócese a la Escuela Naval el rango de Institución Académica de Primer Nivel, equivalente al de las instituciones universitarias reconocidas de conformidad con el Decreto 308/995 de 11 de agosto de 1995.

Artículo 2Artículo 2

Reconócese el Nivel Académico del Título de Primer Grado a las Licenciaturas en Sistemas Navales y en Sistemas Náuticos, asimilados a la denominación establecida en el literal a) del artículo 19 del citado Decreto 308/995, de los Oficiales Egresados de la Escuela Naval que hubieran culminado los requisitos académicos previstos en la Resolución del Consejo Directivo Central de la Universidad de la República, de fecha 17 de julio de 2001.

Artículo 3Artículo 3

A los efectos de su funcionamiento, obligaciones y atribuciones, estará regido por lo que se establece en el Decreto 308/995 de 11 de agosto de 1995 y sus modificativos, en todo lo que sea aplicable, hasta tanto sea aprobada la normativa que regule a las Instituciones Públicas de Educación Superior.

Artículo 4Artículo 4

Cométese al Ministerio de Educación y Cultura, el registro de los Títulos otorgados por la Escuela Naval, así como los procedimientos necesarios para el control de calidad de su nivel académico.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese, pase a la Escuela Naval y al Ministerio de Educación y Cultura. Cumplido, archívese.