Decreto5-1994·1994

RACIONALIZACION ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA. REGIMEN DE ASCENSOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de julio de 1994

Fecha de publicación

19/01/1994

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Podrán acceder a la titularidad de sus cargos por única vez aquellos funcionarios de los Escalafones B "Técnico Profesional" y D "Especializado", si cumplen los siguientes requisitos: a) Haber sido designado antes del 1º de marzo de 1990. b) El puntaje promedio de los años 1992 y 1993, conforme al artículo 24 del Decreto Nº 158/992 del 20 de abril de 1992, alcance como mínimo 30 puntos.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese.