Artículo 1 — Artículo 1
Dispónese la emisión de Notas de Tesorería por hasta la suma de 12 mil millones de Unidades Indexadas en los plazos de 8 a 15 años y de 16 mil millones de pesos en los plazos de 3 a 5 años, por los montos, condiciones, modalidades de integración y fechas que determine el Ministerio de Economía y Finanzas. La presente autorización tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre 2011.