Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase el valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones a partir del 1° de enero de 2021, en $ 4.870,00 (pesos uruguayos cuatro mil ochocientos setenta).
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase el valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones a partir del 1° de enero de 2021, en $ 4.870,00 (pesos uruguayos cuatro mil ochocientos setenta).
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese y archívese.