Decreto50-1991·1991

EXONERACIONES A LAS IMPORTACIONES A LOS PROVENTOS Y TASAS PORTUARIAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23/01/1991

Fecha de publicación

19/02/1991

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Inclúyese dentro de las exoneraciones a las importaciones establecidas en el Art. 1° del decreto 457/989, de 27 de setiembre de 1989, a los proventos y tasas portuarias.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.