Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Vigésimo Séptimo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 36, suscrito el 16 de agosto de 2011 entre los Gobiernos de la República Argentina; la República Federativa del Brasil; la República del Paraguay; la República Oriental del Uruguay; Estados Partes del MERCOSUR y el Estado Plurinacional de Bolivia, que consta como anexo (*) y forma parte del presente Decreto, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de Montevideo de 1980.