Decreto503-1993·1993

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. OCTUBRE 1993. NOVIEMBRE 1993

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/11/1993

Fecha de publicación

12 de enero de 1993

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de octubre de 1993, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el decreto ley 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 56,33 (pesos uruguayos cincuenta y seis con 33/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) del mes de octubre de 1993 en $ 53,11 (pesos uruguayos cincuenta y tres con 11/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice de los Precios al Consumidor, asciende en el mes de octubre de 1993 a 8.130,87 (ocho mil ciento treinta con 87/100) sobre base Diciembre 1985 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los Alquileres que se actualizan en el mes de noviembre de 1993 es de 1,5074 (uno con cinco mil setenta y cuatro diezmilésimas).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.