Decreto503-2011·2011

APROBACION DEL OCTOGESIMO SEPTIMO PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA N° 18 CELEBRADO ENTRE ARGENTINA, BRASIL, PARAGUAY Y URUGUAY. MERCOSUR CMC DEC. N° 59/10 REGIMENES ESPECIALES DE IMPORTACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/12/2011

Fecha de publicación

25/01/2012

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase el Octogésimo Séptimo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 18, suscrito el 28 de setiembre de 2011 entre los Gobiernos de la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR, que consta como anexo (*) y forma parte del presente Decreto, y por el cual se incorpora al Acuerdo de Complementación Económica N° 18, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de Montevideo de 1980, la Decisión N° 59/10 del Consejo del Mercado Común relativa "Regímenes Nacionales Especiales de Importación no contemplados en las Secciones VI y VII de la Decisión CMC N° 56/10".

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese y dése cuenta a la Asamblea General.