Decreto504-2006·2006

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA. CREDITOS PRESUPUESTALES. FUNCIONARIOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de abril de 2006

Fecha de publicación

12 de diciembre de 2006

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Habilítense los créditos presupuestales anuales, expresados a valores de 1º de enero de 2006, con los fondos creados por los artículos 2º de la Ley Nº 17.706, de 4 de noviembre de 2003, y 30 del Decreto Nº 166/005, de 30 de mayo de 2005, según el siguiente detalle: Grupo 0 -Servicios Personales- la suma de hasta $ 70:100.000,oo (pesos uruguayos setenta millones cien mil) anuales, para cubrir los créditos necesarios para financiar los contratos previstos por el artículo 17 del Decreto Nº 166/005, de 30 de mayo de 2005.

Artículo 2Artículo 2

Dese cuenta a la Asamblea General.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.