Decreto505-1992·1992

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. SETIEMBRE 1992. OCTUBRE 1992

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/10/1992

Fecha de publicación

11 de setiembre de 1992

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de setiembre de 1992, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el decreto ley 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos, en N$ 32.711,50 (nuevos pesos treinta y dos mil setecientos once con 50/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) del mes de setiembre de 1992 en N$ 31.637,88 (nuevos pesos treinta y un mil seiscientos treinta y siete con 88/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice de los Precios del Consumo asciende, en el mes de setiembre de 1992 a 5.202,17 (cinco mil doscientos dos con 17/100) sobre base diciembre de 1985 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de octubre de 1992 es de 1,6338 (uno con seis mil trescientos treinta y ocho diezmilésimas).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.