Artículo 1 — Artículo 1
Incluir, entre los datos requeridos por las constancias de vacunación a que se refiere el Art. 10 del decreto 408/983, de 26 de octubre de 1983, el nombre del laboratorio y el número de dosis adquiridas.
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Artículo 1 — Artículo 1
Incluir, entre los datos requeridos por las constancias de vacunación a que se refiere el Art. 10 del decreto 408/983, de 26 de octubre de 1983, el nombre del laboratorio y el número de dosis adquiridas.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc