Artículo 1 — Artículo 1
(Declaratoria de Interés Turístico). Declárase promovidas al amparo de lo dispuesto por los artículos 30º y 31º del Decreto-Ley Nº 14.335, de 23 de diciembre de 1974 y 11º de la Ley Nº 16.906, de 7 de enero de 1998, las actividades artísticas de los conjuntos de carnaval cuando el contratante sea un organismo estatal.-