Decreto510-1989·1989

DELIMITACION DE ZONAS DEL TERRITORIO NACIONAL SOMETIDAS A RESERVA MINERA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

11 de agosto de 1989

Fecha de publicación

2 de diciembre de 1990

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Dispónese la Reserva Minera del área denominada Zona XXXVIII que corresponde a los padrones Nros. 1, 8, 10, 11, 14, 15, 17, 19, 40, 41, 143, 150, 233, 5717, 5880, 6134, 9699, 9748, 12231, 12232, 12233, 12500 y 17998 de la 5ª Sección Judicial del departamento de Colonia.

Artículo 2Artículo 2

La Reserva Minera se extenderá por un plazo de tres años a partir de la fecha y comprenderá la totalidad de los yacimientos existentes en el área mencionada, cometiéndose la realización de las labores a la Dirección Nacional de Minería y Geología.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial, en dos diarios de la Capital y en uno del departamento afectado por la Reserva Minera mencionada.