Decreto513-1985·1985

CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 29 INDUSTRIA DEL PLASTICO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/09/1985

Fecha de publicación

10 de abril de 1985

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Se establecen los salarios mínimos para los cargos de administración vigentes a partir del 1° de junio de 1985 (Capítulo III del decreto del 10 de julio de 1985). Auxiliar IV (por mes) N$ 8.000

Artículo 2Artículo 2

Se establecen los salarios mínimos para el personal obrero y de servicio, vigentes a partir del 1° de junio (Cap. I del decreto del 10 de julio de 1985). Operario de terminación (por día) N$ 340

Artículo 3Artículo 3

Establecese que el traslado a precios de los aumentos salariales, determinados por el presente decreto, en ningún caso podrá ser mayor a lo que incide el 22% de los salarios al 1° de marzo de 1985, en la estructura de costos de cada empresa.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.