Decreto513-1993·1993

PREMIO MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS. EGRESADOS DE LA ESCUELA MILITAR

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/11/1993

Fecha de publicación

12 de junio de 1993

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Institúyense dos premios designados "Ministerio de Transporte y Obras Públicas" que se asignarán anualmente a la finalización de cada año lectivo a los Señores Alféreces egresados de la Escuela Militar, que hubieren exhibido méritos relevantes conforme a lo que disponga la reglamentación respectiva que a tales efectos dicte el Ministerio de Defensa Nacional. Sin perjuicio de lo expuesto, los premios podrán otorgarse año a año de acuerdo a la voluntad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

Artículo 2Artículo 2

El primero de los premios se entregará al alumno que obtenga a su egreso como Oficial las más altas calificaciones en las asignaturas técnico profesionales del Arma de Ingenieros; el segundo de ellos corresponderá al alumno que obtenga a su egreso como Oficial las más altas calificaciones en las asignaturas técnicas de la orientación Ingeniería.

Artículo 3Artículo 3

A estos fines el Ministerio de Transporte y Obras Públicas entregará en esa ocasión un distintivo o plaqueta grabada acreditante de tales méritos, que se acompañará con el correspondiente certificado o despacho.

Artículo 4Artículo 4

El Ministerio coordinará con la Escuela Militar por la vía jerárquica pertinente, la realización de becas o pasantías por los Sres. Oficiales recientemente egresados, en reparticiones de la Secretaría de Estado en proyectos de relevante interés técnico y profesional.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese al Ministerio de Defensa Nacional, al Comando General del Ejército y a las Direcciones Nacionales del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a todos sus efectos.