Decreto52-2018·2018

EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. MONTEVIDEO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

3 de mayo de 2018

Fecha de publicación

14/03/2018

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Desígnase para ser expropiada por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, el inmueble empadronado con el N° 415.273 ubicado en la Localidad Catastral Montevideo del Departamento de Montevideo y que según plano de mensura N° 1581 del Departamento de Bienes Raíces de setiembre de 2017, levantado por el Ing. Agrim. Facundo Ibargoyen, consta de un área de 3117 m² 99 dm², y se deslinda de la siguiente manera: al noreste recta de 39,97 m sobre la calle Gaboto, al sureste recta de 77,92 m sobre la calle Galicia, al suroeste recta de 43,31 m sobre la calle Magallanes y al noroeste 4 tramos rectos de 21,39 m, 2,74 m, 13,86 m y 40,64 m sobre los padrones N° 166, N° 163, N° 162, N° 161 y N° 159.

Artículo 2Artículo 2

Declárase urgente la toma de posesión de la fracción del inmueble designado.

Artículo 3Artículo 3

La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas habrá de hacer una reserva prudencial a los efectos de cubrir el monto de la indemnización que en definitiva deberá abonar y dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Ley N° 15.027, de 17 de junio de 1980.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.