Decreto520-2001·2001

PRORROGA EN LA FIJACION DE DERECHOS DE IMPORTACION ESPECIFICOS. IMPORTACION DE PRODUCTOS TEXTILES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/12/2001

Fecha de publicación

1 de febrero de 2002

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Prorróganse hasta el 31 de marzo de 2002 los derechos de importación específicos para productos textiles originarios de países no integrantes del Mercosur establecidos por el Decreto Nº 394/000, de 27 de diciembre de 2000 y prorrogados por el Decreto Nº 248/001, de 29 de junio de 2001.-

Artículo 2Artículo 2

La Asesoría de Política Comercial del Ministerio de Economía y Finanzas conjuntamente con la Dirección Nacional de Aduanas tomarán las medidas necesarias a fin de que a partir del 1º de abril de 2002 se incorpore al Documento Unico Aduanero la información pertinente para mantener actualizada la base de datos confeccionada durante el año 2001.-

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.