Artículo 1 — Artículo 1
Extiéndase la exoneración del Impuesto al Patrimonio, a que refiere el artículo 2º del Decreto Nº 252/003, de 19 de junio de 2003, a los ejercicios cerrados hasta el 31 de diciembre de 2006.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Extiéndase la exoneración del Impuesto al Patrimonio, a que refiere el artículo 2º del Decreto Nº 252/003, de 19 de junio de 2003, a los ejercicios cerrados hasta el 31 de diciembre de 2006.
Artículo 2 — Artículo 2
La reducción de alícuotas de los Impuestos a los Activos de las Empresas Bancarias (IMABA) y de Control del Sistema Financiero (ICOSIFI), dispuesta por el artículo 3º del Decreto Nº 252/003, de 19 de junio de 2003, tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2006.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese, etc..-