Decreto521-1992·1992

MODIFICACION DEL DECRETO 338/992, REFERIDO A LA REALIZACION DEL PRIMER SORTEO ENTRE TRABAJADORES DE LA ACTIVIDAD PRIVADA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27/10/1992

Fecha de publicación

27/11/1992

Artículos (9)

Artículo 1Artículo 1

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Artículo 2Artículo 2

(*)

Artículo 3Artículo 3

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Artículo 4Artículo 4

Encomiéndase a la Dirección de Loterías y Quinielas la instrumentación de la organización, realización y fiscalización de los sorteos.

Artículo 5Artículo 5

Encomiéndase al Banco de Previsión Social la pertinente fiscalización tributaria así como la difusión y promoción de los sorteos correspondientes.

Artículo 6Artículo 6

Los gastos resultantes se imputarán al rubro que corresponda, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 23 de la ley 16.107, de 31 de marzo de 1990. Autorízase a la Dirección de Loterías y Quinielas a contratar los bienes y servicios necesarios para la puesta en marcha del sorteo referido precedentemente, por un monto equivalente a U$S 500.000 (quinientos mil dólares americanos), librándose orden de entrega a favor de la Dirección de Loterías y Quinielas por la suma de N$ 600:000.000 (nuevos pesos seiscientos millones), en carácter de anticipo de Tesorería. La erogación resultante se atenderá con financiación 6.5 "Anticipo del Tesoro a Reintegrar con Imputación a Crédito del Presupuesto", Cuenta 114 "Anticipo a Reintegrar con Crédito de Presupuesto" con la subcuenta que a tal efecto dispondrá la Contaduría General de la Nación. Autorízase a la Contaduría General de la Nación a cancelar el anticipo de Tesorería antes referido con cargo a la financiación prevista en el artículo 23 de la ley 16.107 de 31 de marzo de 1990.

Artículo 7Artículo 7

Las erogaciones que realice el Banco de Previsión Social por este concepto serán de cargo del Ministerio de Economía y Finanzas y se compensarán con la asistencia financiera que recibe dicho Organismo.

Artículo 8Artículo 8

(*)

Artículo 9Artículo 9

Comuníquese, etc.