Decreto523-1986·1986

CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 29 INDUSTRIA DEL PLASTICO. SUBGRUPO CARGOS DE SUPERVISION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13/08/1986

Fecha de publicación

9 de diciembre de 1986

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjanse con carácter nacional para los trabajadores comprendidos en el Grupo 29, Industria del Plástico, Subgrupo, Cargos de Supervisión, con vigencia desde el 1º de junio de 1986 y hasta el 30 de setiembre de 1986, los siguientes salarios mínimos y categorías: a) Encargado de administración y/o idóneo de contabilidad N$ 35.255,60; b) Encargado de depósito y/o almacenes y/o stock de ventas N$ 26.734,10; c) Encargado de sección terminación N$ 26.734,10; d) Encargado de producción de sección fabricación N$ 35.255,60; e) Encargado de compras N$ 35.255,60; y encargado de fulones N$ 26.734,10.

Artículo 2Artículo 2

Se aprueba un aumento general de salarios vigentes al 31 de mayo del 18% (dieciocho por ciento).

Artículo 3Artículo 3

Establécese que el traslado a precios de los aumentos salariales determinado en el presente acuerdo en ningún caso podrá ser mayor a lo que incide el 15 % de los salarios al 1° de junio de 1986 en la estructura de costos de cada empresa.

Artículo 4Artículo 4

Durante el período comprendido desde la entrada en vigencia del presente acuerdo y el 30 de setiembre de 1986 ningún otro aumento de salarios podrá ser trasladado a los precios de ventas de mercaderías o servicios de las empresas que integran el grupo salarial.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese, etc.