Decreto524-1989·1989

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. OCTUBRE 1989. NOVIEMBRE 1989

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15/11/1989

Fecha de publicación

12 de junio de 1989

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de octubre de 1989, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el decreto ley 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en N$ 4.722,52 (nuevos pesos cuatro mil setecientos veintidós con 52/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) del mes de octubre de 1989 en N$ 4.687,14 (nuevos pesos cuatro mil seiscientos ochenta y siete con 14/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice de los Precios del Consumo, asciende en el mes de octubre de 1989 a 779,24 (setecientos setenta y nueve con 24/100) sobre base de diciembre de 1985.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de noviembre de 1989 es 1,8254 (uno con ocho mil doscientos cincuenta y cuatro diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.