Decreto525-1985·1985

OTORGAMIENTO DE BECAS PARA LOS HIJOS DEL PERSONAL SUBALTERNO EN SITUACION DE RETIRO. FUNCIONARIOS MILITARES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de enero de 1985

Fecha de publicación

10 de octubre de 1985

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Inclúyase en los beneficios que establece el decreto 456/973, del 23 de junio de 1973 a los hijos del Personal Subalterno en situación de retiro, a quienes se les podrá otorgar hasta el 20% del tipo y cantidad de becas que proyecte anualmente el Servicio de Tutela Social de las Fuerzas Armadas. (*)

Artículo 2Artículo 2

Los aspirantes amparados en el artículo anterior presentarán los formularios a que hace referencia el artículo 15 del citado decreto 456/973, ante el Servicio de Tutela Social de las Fuerzas Armadas acompañando a los mismos Certificado de Buena Conducta del padre y del aspirante, como también comprobante de la pasividad que percibe.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y archívese