Decreto525-2009·2009

REFUERZO DE CREDITOS PARA ATENDER LAS EROGACIONES QUE DEMANDA EL PLAN CARDALES (CONVERGENCIA PARA EL ACCESO A LA RECREACION Y EL DESARROLLO DE ALTERNATIVAS LABORALES Y EMPRENDIMIENTOS SUSTENTABLES). FINANCIACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/11/2009

Fecha de publicación

24/11/2009

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Refuérzase el Inciso 24 "Diversos Créditos", Programa 001 "Diversos Créditos", Unidad Ejecutora 005 "Ministerio de Economía y Finanzas", en la financiación 1.1 "Rentas Generales", por la suma equivalente a U$S 700.000 (dólares de los Estados Unidos de América setecientos mil), a efectos de la implementación del Plan CARDALES, y por ende insístese en el gasto. (*)

Artículo 2Artículo 2

La Contaduría General de la Nación habilitará el crédito presupuestal autorizado precedentemente, en un objeto específico a esos efectos.

Artículo 3Artículo 3

Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a transferir el monto autorizado en el artículo 1º, al Laboratorio Tecnológico del Uruguay.

Artículo 4Artículo 4

Derógase el artículo 6º del Decreto Nº 86/009 de 17 de febrero de 2009.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.