Decreto526-1989·1989

APROBACION DE TARIFAS DE LA DIRECCION NACIONAL DE TOPOGRAFIA. EXPEDICION DE PLANOS DE MENSURA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15/11/1989

Fecha de publicación

4 de mayo de 1990

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Facúltase a la Dirección Nacional de Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas para expedir copias de los planos de mensura en su Departamento Archivo Nacional de Planos de Mensura, mediante el pago de precios estableciéndose que las copias de los planos de que se trata se efectuarán bajo las siguientes condiciones: a) Los precios indicados incluyen el costo del material empleado. b) Si el solicitante es una repartición estatal estará eximido del pago del precio de que se trata debiendo proporcionar el papel necesario para el tiraje que solicitan. (*)

Artículo 2Artículo 2

La venta de copias de planos que realice el Departamento Archivo Nacional de Planos de Mensura de la Dirección Nacional de Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, tendrá un costo de 1 UR (Unidades Reajustables una). Para el caso de trámite urgente el costo será de 2 UR (Unidades Reajustables dos); siendo la Dirección Nacional de Topografía la que evaluará por razones de oportunidad y conveniencia la expedición de la copia de plano bajo esta modalidad. Establécese que 0.20 UR (Unidades Reajustables veinte centésimas) de lo recaudado por cada copia expedida se podrá destinar a financiar apoyo académico y fomentar el aumento de la matrícula de la carrera de Ingeniero Agrimensor. (*)

Artículo 3Artículo 3

Cuando se solicitare más de una copia del mismo plano, sobre cada una de las siguientes se cobrará un 50 % del precio establecido para dicho plano. Cuando se solicitaren copias de Poliester o Calco-Ozalid se quintuplicará el precio.

Artículo 4Artículo 4

Derógase el decreto 851/985 del 30 de diciembre de 1985.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.