Decreto529-1988·1988

FIJACION DE LAS TARIFAS DE UTE. JULIO 1988

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de diciembre de 1988

Fecha de publicación

12 de junio de 1988

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase las tarifas de energía eléctrica para los servicios a cargo de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas que se detallan a continuación y que regirán a partir del 1º de julio de 1988, así como las tasas "B" que tendrán vigencia a partir del día siguiente al de la fecha del decreto del Poder Ejecutivo que homologue los aumentos. (*)

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese y vuelva a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas.