Decreto53-1991·1991

CREACION DEL CENTRO DE TECNOLOGIAS DE LA CONSTRUCCION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/01/1991

Fecha de publicación

17/04/1991

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Créase el Centro de Tecnologías de la Construcción dependiente del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, cuyos objetivos específicos consisten en la promoción, coordinación, ejecución, control, evaluación, capacitación, divulgación y aplicación de los desarrollos de investigación tecnológica vinculados a la vivienda, la infraestructura y los servicios con el fin de mejorar su calidad, hacerlos accesibles a los sectores más necesitados y optimizar las inversiones sectoriales a través del máximo aprovechamiento de los recursos nacionales disponibles, sean materiales, humanos o financieros.

Artículo 2Artículo 2

Intégrase el Centro de Tecnologías de la Construcción con una Comisión Técnica, que será presidida por un técnico del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y se integrará, en las distintas temáticas tecnológicas relacionadas con la investigación, con representantes de las siguientes Instituciones: Universidad de la República (Facultades de Arquitectura o Ingeniería), Laboratorio Tecnológico del Uruguay, Banco Hipotecario del Uruguay y Consejo Directivo de Educación Tecnico Profesional. (*)

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.