Decreto53-2015·2015

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. DICIEMBRE 2014

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de setiembre de 2015

Fecha de publicación

19/02/2015

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fijase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de diciembre de 2014, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 770,08 (setecientos setenta pesos uruguayos con 08/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de diciembre de 2014 en $ 767,85 (setecientos sesenta y siete pesos uruguayos con 85/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Índice General de los Precios del Consumo asciende en el mes de diciembre de 2014 a 137,13 (ciento treinta y siete con trece), sobre base diciembre 2010 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de enero de 2015 es de 1,0826 (uno con ochocientos veintiséis diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.