Artículo 1 — Artículo 1
Déjase sin efecto lo establecido en los artículos 21 y 22 del Decreto del Poder Ejecutivo No. 241/2000 de fecha 21 de agosto de 2000, manteniéndose la vigencia de lo dispuesto por los artículos 6º, 8º y 9º del Decreto del Poder Ejecutivo No. 474/968 de 30 de julio de 1968;