Decreto533-1990·1990

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. OCTUBRE 1990. NOVIEMBRE 1990

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21/11/1990

Fecha de publicación

27/02/1991

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (UR) correspondiente al mes de octubre de 1990, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el decreto ley 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos, en N$ 10.270,32 (nuevos pesos diez mil doscientos setenta con 32/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (UR) precedentemente establecido y todo correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (URA) del mes de octubre de 1990 en N$ 9.106,50 (nuevos pesos nueve mil ciento seis con 50/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice de los Precios del Consumo asciende en el mes de octubre de 1990 a 1.770,21 (mil setecientos setenta con 21/100) sobre base diciembre 1985=100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de noviembre de 1990 es de 1.9429 (uno con nueve mil cuatrocientos veintinueve diezmilésimas).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.