Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Texto Ordenado referente a los tributos de competencia de la Dirección General Impositiva a que se hace mención en la parte expositiva, el que se considerará formando parte de este Decreto. (*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Texto Ordenado referente a los tributos de competencia de la Dirección General Impositiva a que se hace mención en la parte expositiva, el que se considerará formando parte de este Decreto. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
A los efectos de lo dispuesto por el artículo 116 del decreto 640/973 de 8 de agosto de 1973, las referencias a las normas legales incluídas en dicho Texto Ordenado se efectuarán indicando el número del título y del artículo asignados en el mismo, seguidos de la mención del Texto Ordenado 1991 o del T.O. 1991.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.