Artículo 1 — Artículo 1
Fijar los siguientes salarios mínimos y categorías con carácter nacional y demás condiciones laborales para los trabajadores comprendidos en el Grupo 46 "Servicios Generales", Subgrupo "Estudios Profesionales, Computación, Gestorías, Estudios no Profesionalizados y Estudios Profesionales Propietarios", con vigencia desde el 1º de junio de 1986 hasta el 30 de setiembre del mismo año: Categorías Mandadero: es la persona que cumple funciones mínimas, tales como: transporte de documentos y valores menores; llena formularios mínimos; ordena documentación; completa tareas de servicio, excluyendo limpieza; realiza mandados internos y externos llevando cartas, encomiendas o alguna cobranza. Realiza el copiado de libros copiadores. Tiene conocimientos mínimos de dactilografía. Dactilógrafo: es la persona que recibiendo borradores de cartas, documentos y libros, efectúa los pasajes a máquina. Copista: es la persona que recibiendo los borradores de cartas, documentos y libros, efectúa los pasajes en forma manuscrita. Auxiliar Primero: suple al auxiliar técnico en ausencia de la persona. Hace todos los controles contables, control de caja, libros de contabilidad, formula balances y/o efectúa revisión. Controla y confecciona declaraciones juradas. Organiza y fiscaliza el trabajo, hace gestiones diversas internas y atiende todo tipo de inspecciones. Posee todos los conocimientos de auxiliar 2° y 3°. Realiza análisis de cuentas y conciliaciones complejas (auditoría). Tiene redacción propia (Estudios Jurídicos). Gestor: es la persona que con poder verbal o documentado desempeña las siguientes funciones: realiza trámites ante oficinas públicas o privadas; efectúa pagos; eventualmente cobra; atiende público e informa de su tarea específica; atiende inspecciones y/o fiscalizaciones; colabora estrechamente con el profesional y/o auxiliar técnico en la estructuración de los documentos, declaraciones, etc., a presentar ante oficinas públicas o privadas; toma decisiones en el cumplimiento de su tarea; presenta todo tipo de documentación: escritos, declaraciones juradas, incluida las de Dirección General Impositiva y atiende y vigila todo el trámite; tiene conocimientos técnicos suficientes que lo habilitan para salvar las dificultades que se le puedan presentar en el desempeño de su gestión. Auxiliar Técnico: es la persona que con conocimiento y capacidad suficiente, con conocimientos técnicos completos colabora con las tareas del profesional o dueño. Formula todo tipo de liquidaciones impositivas evacuando consultas relacionadas con su tarea técnica. Colabora en pericias técnicas bajo la responsabilidad de un profesional experimentado (Auditorías). Tiene nivel universitario. Auxiliar 2°: es la persona que posee todos los conocimientos de Auxiliar 3° y controla las tareas de éste. Maneja valores internos. Tiene conocimientos de contabilidad, cálculo, buscador de datos. Coteja documentación con asientos contables y realiza conciliaciones sencillas de cuentas. Hace contabilidad hasta balance de saldos, sin tener decisión en las cuestiones que se le plantean en su labor administrativa. Auxiliar 2° "A" (Exclusivo para Estudios Jurídicos): Están comprendidos en esta categoría aquellos funcionarios que colaboran con los Auxiliares 1° en todas sus tareas, teniendo además de los conocimientos del Auxiliar 3°, práctica de dactilografía y/o taquigrafía en idioma español, sin tener decisión en las cuestiones que plantea su labor administrativa. Auxiliar 2° "B" (Exclusivo para Estudios Jurídicos): Están comprendidos en esta categoría aquellos funcionarios que colaboran con los Auxiliares 1° en todas sus tareas, teniendo además de los conocimientos del Auxiliar 3°, práctica de dactilografía y/o taquigrafía, realizándola en dos o más idiomas, sin tener decisión en las cuestiones que plantea su labor administrativa. Telefonista-Recepcionista: es el funcionario que realiza las siguientes tareas: atiende las llamadas y las realiza; atiende público; llena fórmulas mínimas; eventualmente archiva. Posee conocimientos básicos de dactilografía y maneja la central telefónica. Auxiliar 3°: es el funcionario que desempeña las siguientes tareas: lleva fórmulas en general, declaraciones, registra libros, confecciona sueldos y jornales, ordena documentos en general y controla las formalidades de los mismos; maneja valores mínimos; ayuda al tramitador en sus tareas internas y eventualmente realiza práctica de tramitador y tareas en general de administración. Atiende público; tiene conocimientos básicos de dactilografía y contabilidad. Registra libros siguiendo indicaciones de su superior. Tramitador: es el funcionario que realiza los trámites ante las oficinas públicas o privadas; tiene poder. Prepara su trabajo específico; maneja valores; se notifica; paga y eventualmente puede realizar cobranza. Confecciona declaraciones juradas varias, excepto las de impuesto de la Dirección General Impositiva. Cobrador: es el funcionario que principalmente tiene a su cargo la recaudación de los importes fuera de la institución. Hace depósitos en los bancos o donde corresponde; puede utilizar el vehículo de los patronos. Rinde cuentas a quien corresponda. Cajero: es el funcionario que recepciona los ingresos, cobros, cheques, efectivo. Maneja fondos, chequeras, realiza el control de su caja y hace tareas de administración mínima. Limpieza y Servicios: es el personal que realiza las tareas de limpieza y servicios y demás inherentes a su cargo y de vigilancia nocturna. Telefonista Corresponsal: es el funcionario que realiza las tareas correspondientes al manejo exclusivamente de cualquier tipo de télex. Secretaria: realiza tareas de responsabilidad personal y cumple tareas de administración; tiene redacción propia. Archivista: es el funcionario que desempeña tareas inherentes a su cargo, tales como: archivo de documentos, de declaraciones, pagos e informes y realiza tareas dactilógrafas. Tiene responsabilidad directa de la documentación a su cargo. Informante: recaba informes, referencias, realiza investigaciones y tareas de localización. Redacta informes. Procurador: sin Título Universitario: es el funcionario con conocimientos técnicos completos que colabora directamente con las tareas específicas del profesional o dueño. Puede ser autorizado a subrogar los cargos superiores en caso de ausencia de los titulares o a representar a la empresa o empresas administradas mediante poder o carta poder. Niveles Nivel 1 - N$ 15.000.00 - Categorías Auxiliar 3°, dactilógrafo, copista, archivista, telefonista recepcionista, limpieza y servicios, mandadero. Nivel 2 - N$ 17.250.00 - Categorías: Auxiliar 2°, Auxiliar 2° "A", tramitador, informante, telefonista corresponsal. Nivel 3 - N$ 19.500.00 - Categorías: Auxiliar 2° "B", cajero, secretaria, cobrador. Nivel 4 - N$ 21.750.00 - Categorías: Auxiliar 1°, gestor, procurador sin título universitario. Nivel 5 - N$ 24.000.00 - Categorías: Auxiliar técnico.