Decreto536-1994·1994

TRIBUTOS - REGLAMENTACION A LIQUIDACION DEL IMESI

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de setiembre de 1994

Fecha de publicación

26/12/1994

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

El adicional creado por el artículo 9º de la Ley Nº 16.626 de 22 de noviembre de 1994, se liquidará aplicando el 1,5% (uno y medio por ciento) al impuesto liquidado como consecuencia del acaecimiento de los hechos generadores comprendidos en el numeral 4º del artículo 1º del Título 11 del Texto Ordenado 1991. (*)

Artículo 2Artículo 2

El adicional a que refiere el artículo 1º se liquidará y pagará conjuntamente con el impuesto respectivo.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.