Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase el texto de la preferencia acordada en favor de la República Argentina en el Acuerdo de Complementación Económica Nº 1 (ex CAUCE), item NABALAC 8518.1.03 "Condensadores Electrolíticos de bajo voltaje", vigente por decreto 537/985, la cual queda establecida en los siguientes términos: NALADI/NCCA 8518.1.03 Condensadores Fijos Electrolíticos.