Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase el artículo 1º del decreto del Poder Ejecutivo de fecha 17 de julio de 1985 por el que se fijan las asignaciones trimestrales para gastos de etiqueta a las que tendrán derecho los Jefes de Misiones Diplomáticas permanentes y quienes desempeñen temporariamente esa función, en lo referente a la Embajada de la República en la República Islámica de Irán que quedará fijado en N$ 2.25 a partir del 1º de enero de 1987.