Decreto54-2007·2007

FUNCIONARIOS PUBLICOS. PROGRAMA DE APOYO A LA REFORMA DEL SERVICIO CIVIL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de diciembre de 2007

Fecha de publicación

16/02/2007

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Director de la Oficina Nacional del Servicio Civil a establecer un régimen de compensaciones complementarias, con vigencia al 1º de enero de 2007, para los funcionarios que se desempeñen en la ejecución del contrato de Préstamo 1772/OC-UR. Programa de Apoyo a la Reforma del Servicio Civil.

Artículo 2Artículo 2

Establécese que las compensaciones referidas en el artículo precedente quedarán sujetas al cumplimiento de las siguientes condiciones: a) serán fijadas por el Director de la Oficina Nacional del Servicio Civil; b) beneficiarán a quienes efectivamente se desempeñen en la ejecución del contrato de Préstamo 1772/OC-UR. Programa de Apoyo a la Reforma del Servicio Civil, teniendo en cuenta las tareas asignadas a sus puestos de trabajo; c) se otorgarán en función del mayor horario efectivamente cumplido por las personas comprendidas en el artículo 1º del presente Decreto; d) serán financiadas con cargo a la contrapartida local (Inciso 24, artículo 457 de la Ley Nº 17.930 de 19 de diciembre de 2005).

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.