Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Centésimo Décimo Primer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 18, suscrito el 19 de noviembre de 2015 entre los Gobiernos de la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR, que consta como anexo y forma parte del presente Decreto, y por el cual se incorpora al Acuerdo de Complementación Económica N° 18, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de Montevideo de 1980, la Decisión N° 31/15 del Consejo del Mercado Común, relativa a "Régimen de Origen MERCOSUR." (*)