Decreto542-1988·1988

BONIFICACION A LA EXPORTACION DE TEJIDOS TEXTILES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de julio de 1988

Fecha de publicación

22/09/1988

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

A partir del 1º de diciembre de 1988 el porcentaje a que se refiere el artículo 80 de la ley 13.695 de 24 de octubre de 1968 quedará reducido en dos puntos porcentuales y en otros dos puntos porcentuales a partir del 1º de junio de 1989.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc