Decreto543-2005·2005

REGIMEN DE EXCEPCIONES AL ARANCEL EXTERNO COMUN

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26/12/2005

Fecha de publicación

30/12/2005

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase la lista de excepciones al Arancel Externo Común que se detalla en el Anexo que forma parte del presente Decreto, con las tasas globales arancelarias para importaciones de extra-zona que en cada caso se indican.

Artículo 2Artículo 2

Dése cuenta a la Comisión Permanente.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc..-